O P I N I O N
Por: Mario Javier Sánchez de la Torre.
La titular del Poder Ejecutivo del Estado inició actividades
el 1 de diciembre del 2024, por lo que según la legislación
correspondiente sería a partir del 1 de octubre del 2027 el
inicio del periodo para recabar firmas ciudadanas para
solicitar la revocación de mandato. En el mes de marzo del
2028 el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de
Veracruz daría a conocer la convocatoria correspondiente y
la jornada de votación para la revocación de mandato se
llevaría a cabo el primer domingo de junio del año 2028.
Pero la ausencia de esta legislación representa una
omisión que impide el ejercicio de un derecho ciudadano
constitucional.
Al respecto el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz
(TEV), en sentencia del 1 de abril del año 2025, dentro del
expediente TEV-JDV-18/2025, determinó la omisión y
ordeno al Congreso emitir la legislación correspondiente.
Debido a que el Decreto 867, publicado el 18 de noviembre
del 2021, incorporó el derecho de revocación de mandato a
la Constitución del Estado de Veracruz.
Ante esta situación prevaleciente la sociedad civil requiere
para no dejar de ejercer sus derechos, estrategias no
solamente mediáticas, también políticas, sustentadas
jurídicamente. Como: exigir se apruebe la legislación que
está pendiente; organizar la participación ciudadana;
preparar los procesos de recolección de firmas y construir
una base social bien informada.
Actividades, las citadas, que deben ser complementadas
con acciones jurídicas como la presentación de amparos
bajo el concepto de incumplimiento de sentencia (TEV 1-
abril-2025); realizar conversatorios académicos; foros sobre
el tema: revocación de mandato; lanzamiento sitio web;
hacer videos explicativos para redes sociales; giras
explicativas a nivel distrital y municipal y algo realmente
importante, reuniones con las bancadas de los partidos
políticos como: Movimiento Ciudadano (MC); Partido Acción
Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Poniendo especial atención en el sector juvenil, como los
integrantes de la llamada Generación Z, organizando
reuniones en cabeceras distritales, municipales electorales.
Creando con ellos una red electrónica de información y
difusión sobre lo que es: la revocación de mandato y para
que sirve a la sociedad.
En conclusión el derecho ciudadano de revocación de
mandato es un instrumento fundamental de control
ciudadano que fortalece la participación ciudadana y la
rendición de cuentas y en esta entidad su obstáculo es la
omisión legislativa al respecto, independientemente de
existir un mandato constitucional y resoluciones judiciales
que ordenen su cumplimiento. Por lo que es indispensable
organizar una estrategia jurídica, política y social que
permita garantizar el pleno ejercicio de este derecho
ciudadano frente al proceso electoral que se desarrollará en
el 2028. Usted qué opina estimado lector. Hasta el lunes.
Noti-sigloxxi@hotmail.com (Fech. Púb. Vier. 27-marzo-26)
INVITACIÓN: Véanos y escúchenos hoy a partir de las 18 hrs.
en SIGLO XXI en MAGIA 93.7 FM y Facebook live Magia 93.7
