DE PRIMERA MANO
*Segundo estado en contemplar este delito
*El Profe Bautista sacó la inciativa sin oposición
Por Omar Zúñiga
Ningún voto en contra, cero abstenciones y 46 a favor, con esta numeralia,
Veracruz se suma al puñado de estados que castigan con nombre propio el
saqueo de la desgracia ajena: la rapiña.
Y detrás del consenso hay oficio político: el del profe Esteban Bautista.
Es una escena que en Veracruz se volvió paisaje y que debería avergonzarnos
a todos: un tráiler volcado en la autopista, el operador herido o atrapado en la
cabina, y a su alrededor decenas de personas cargando cajas, costales y
garrafones como si se tratara de un reparto de tarjetas del Bienestar.
La grabamos con el celular, la compartimos en redes, alguien hace un meme y,
casi siempre, ahí termina todo.
Eso empezó a cambiar este 6 de octubre, cuando el Congreso de Veracruz
aprobó adicionar el artículo 207 Bis al Código Penal del Estado para castigar
con prisión de dos a cinco años y multa de cien a 500 UMAs, es decir, de unos
11 mil 700 a casi 58 mil 700 pesos, a quien se apodere de mercancías, objetos
o bienes transportados en vehículos públicos o privados, aprovechando la
vulnerabilidad, la confusión o el desorden que deja un accidente, un siniestro o
un hecho de tránsito, es decir, simple y llanamente, la rapiña ya tiene nombre,
artículo y castigo en Veracruz.
El dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y
de Comunicaciones deriva de la iniciativa que presentó el diputado morenista
Omar Edmundo Blanco Martínez el 14 de mayo, salió con 46 votos a favor, sin
un solo voto en contra y sin abstenciones, en un Congreso acostumbrado a las
votaciones divididas y a las mayorías mecánicas, no es poca cosa.
Una reforma así no llega sola al pleno, y menos con unanimidad, aquí hay que
reconocer el oficio del profe Esteban Bautista, coordinador de la Junta de
Coordinación Política, que logró que la iniciativa saliera de comisiones y llegara
a la votación con el respaldo de todas las fuerzas representadas en la
Legislatura.
La Jucopo es ese lugarcito donde se negocian tiempos, dictámenes y
prioridades, y que un tema de técnica penal y seguridad carretera haya pasado
sin oposición habla de una conducción que privilegió el acuerdo sobre la
consigna.
Hay que dimensionar el camino, en México, la rapiña casi nunca existe como
delito con nombre propio.
El Código Penal Federal ni siquiera la contempla, no existe la palabra; el acto
se persigue como robo, bajo el artículo 367, y el artículo 376 Ter prevé de seis
a doce años de prisión cuando el robo se comete contra el autotransporte
federal de carga en trayecto.
En el Estado de México, Jalisco o Querétaro sucede algo parecido: se castiga,
pero bajo otras figuras.
El antecedente más claro es Guerrero, que tras el saqueo que siguió al
huracán Otis aprobó en abril de 2025 el artículo 224 Bis de su Código Penal,
con penas de dos a seis años.
En otros estados el tema apenas camina: en Tamaulipas, la diputada morenista
Eva Araceli Reyes González presentó en septiembre de 2025 una iniciativa
para crear el delito de rapiña, con uno a cinco años de prisión, que no ha sido
aprobada; en Puebla se presentó otra en enero de este año, y en Hidalgo
también hay propuestas en la mesa.
Veracruz, con su red carretera de paso obligado entre el centro del país y el
Golfo, no podía seguir esperando, hoy es el segundo estado en tener una ley
que castiga exprofeso el delito de rapiña.
La tipificación es el primer paso, no el último, y los números explican por qué.
De acuerdo con datos de la Fiscalía General de la República citados en la
cobertura de la reforma, en los últimos tres años se abrieron 725 carpetas de
investigación por robo en carreteras federales de Veracruz; sólo 11 llegaron
ante un juez de control, y en 2025 y 2026 no se ha judicializado ninguna.
La autopista La Tinaja–Cosoleacaque, la Puebla–Córdoba, el libramiento
Perote–Banderilla y el tramo Buenavista–Tuxtepec, con Cosamaloapan y Tierra
Blanca como focos, conocen bien el problema.
Con esa estadística, la amenaza de cárcel sirve de poco si nadie la ejecuta.
Para que el 207 Bis signifique algo, la Fiscalía General del Estado tendrá que
integrar carpetas y no archivarlas; las corporaciones, estatales y federales,
tendrán que llegar a tiempo para resguardar a las víctimas y la carga; y los
jueces tendrán que aplicar la norma con los principios que el propio dictamen
subraya: legalidad, presunción de inocencia y proporcionalidad.
Hará falta, además, una tarea que no cabe en ningún código: la pedagógica.
Mientras la rapiña se siga celebrando en video como travesura colectiva, la ley
tendrá un efecto limitado.
Detrás de cada tráiler saqueado hay un operador que puede estar herido, una
empresa que pierde, un seguro que se encarece y un transportista que, la
próxima vez, preferirá no pasar por Veracruz.
La rapiña no es justicia social ni revancha contra el que tiene más, es
aprovecharse de la desgracia de otro.
Que el Congreso lo haya dejado por escrito, con penas claras y sin un solo voto
en contra, es una buena noticia.
Ahora toca que la ley se cumpla.
¡Qué barbaridad!
deprimera.mano2020@gmail.com
